A- de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional supeditada a duda que impida su entendimiento
- Oficiar a la Defensoría del Pueblo y Procuraduría General de la Nación para que conduzcan su protección
- Reiteración de la improcedencia
- Competencia del juez de primera instancia
- Procedencia excepcional del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil
- Enviar a juez de primera instancia para lograr el cumplimiento de sentencia T-051/13
- Rechazar solicitud de aclaración de sentencia T-051/13
- Procedencia mediante auto complementario dentro del término de ejecutoria, de oficio o a solicitud de parte respecto de conceptos o frases contenidas en la parte resolutiva o que influyan en ella
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de Aclaración de la sentencia T-051/13.
Solicita el memorialista que se complemente o aclare la parte resolutiva del fallo de la referencia, en el sentido de indicar el nombre completo y documento de identidad de cada causante, así como el tipo de prestación o información que se pretende.
Advierte, que de no complementarse esta información en el término de un mes, se entenderá desistida la petición tal y como lo señala el Código de Procedimiento Administrativo.
Se RECHAZA la solicitud impetrada y tras advertir que la posición del peticionario puede llegar a desconocer e incumplir la sentencia T-051/13, se ordena enviar copia de la solicitud y del presente auto al juez de primera instancia para que logre el pleno cumplimiento del referido fallo.
Se ordena igualmente, oficiar a la Defensoría del Pueblo y a la Procuraduría General de la Nación para que dispongan la actuación que conduzca a que a la accionante se le protejan los derechos fundamentales amparados en la precitada sentencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaracion de la sentencia T-051 de 2013, proferida por la Sala Sexta de Revision en febrero 5 del mismo ano.
- Segundo. ENVIAR por la Secretaria General de esta corporacion copia del presente auto y de la solicitud presentada por el Director de Servicios Integrados de Atencion de la Unidad Administrativa Especial de Gestion Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Proteccion Social al Juzgado 22 Administrativo de Descongestion del Circuito de Bogota, para que logre el pleno cumplimiento de lo ordenado en el fallo de tutela T-051 de febrero 5 de 2013.
- Tercero. OFICIAR por la Secretaria General de esta corporacion al Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nacion para que, en el ambito de sus correspondientes funciones, dispongan la actuacion que conduzca a que a la senora Juana Machado Gomez se le protejan efectivamente sus derechos fundamentales a la vida, la seguridad social, la salud, la igualdad y el minimo vital que le fueron tutelados en la mencionada sentencia T-051 de febrero 5 de 2013, de la que asi mismo se les enviara copia, al igual que del presente auto y de la solicitud de aclaracion formulada por el Director de Servicios Integrados de Atencion de la UGPP.
- Contra el presente auto no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.